Campaña Renta 2018

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Ya está disponible la campaña para la RENTA 2018.

Puedes informarte en nuestra oficina. 

noticia sobre PLAZOS CLAUSULA SUELO

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Os informamos que para las reclamaciones que se han presentado a los bancos entre el 20 de enero y el 20 de febrero, el plazo de contestación de 3 meses que tienen los bancos empieza a contar desde esta última fecha.

Es decir que si has presentado la reclamación antes del 20 de febrero, vuestra ENTIDAD BANCARIA TENDRÁ DE FECHA LIMITE HASTA EL 20 DE MAYO DE 2017.

Pasada esa fecha sin contestar o haber llegado a un acuerdo, ya se puede interponer demanda judicial.

reclamación GASTOS HIPOTECARIOS

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Si tu hipoteca tiene CLAUSULA DE GASTOS HIPOTECARIOS puedes reclamar los mismos.  Infórmate en nuestras oficinas:

La documentación que necesitamos para poder iniciar la reclamación es la siguiente:

- Escritura de constitución de hipoteca

- Facturas notaria.

- Facturas Registro Propiedad

- Factura gestoría del banco.

- Impuestos de Actos Jurídicos Documentados

- Tasación de la vivienda.

Para conocer más sobre el proceso puedes contactar con nosotros en el teléfono 925 46 37 90 (Extensión 23), por correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o  en nuestras oficinas. Preguntar por Jose Luis Tapial.

¿El seguro de hogar me cubre la placa vitrocerámica? ¿Y si es de inducción?

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Cuando tomamos la decisión de hacer un seguro de hogar con una u otra compañía, creemos que tomamos la decisión más acertada. En algunas ocasiones, nos afanamos en conocer las garantías que nos ofrecen; sumas aseguradas y exclusiones. Otras veces, quizás por las circunstancias, el precio es un factor decisivo y nos decantamos por la opción más económica.

En otros supuestos, contratamos a través de comparadores que únicamente nos muestran una relación de las garantías que contiene el producto, sin especificar más detalles. A veces incluso ni siquiera visualizamos el condicionado general de la modalidad de seguro, donde viene detalladamente las inclusiones y exclusiones.

 
Lo cierto es que tras contratar el seguro de hogar, nos inunda una tremenda satisfacción porque consideramos que el seguro de nuestra vivienda nos cubrirá cualquier contingencia.
 
Conocer qué estamos contratando, las sumas aseguradas de cada partida, los límites y las exclusiones que expresamente establecen las aseguradoras; nos evitarán sorpresas inesperadas en más de una ocasión.
 
¿Nuestro seguro de hogar cubre la placa vitrocerámica?
 
Hagámonos antes otra pregunta. ¿De qué forma se puede estropear la vitrocerámica?
 
- Por avería (uso u obsolescencia)
- Por rotura (golpes)
- Por sobretensión
 
Tenemos que tener en cuenta que la compañía hará frente a cualquier eventualidad cubierta por las garantías de la póliza. Generalmente, las aseguradoras nunca van a cubrir la avería por uso u obsolescencia. Entre la cantidad de ofertas existentes en el mercado, quizás puede que encontremos algún producto de hogar donde nos ofrezcan apoyo en la reparación de averías de equipos electrónicos o electrodomésticos, pero, en todo caso, la indemnización se va a limitar a cubrir el desplazamiento del profesional y algunas horas de mano de obra, limitando la cobertura, a una cantidad concreta y número de siniestros al año, cuestiones estas que probablemente no compensen con respecto al incremento que experimenta la prima de seguros al incluir este tipo de garantías.
 
Partiendo de esta premisa, lo más común es que la aseguradora cubra la rotura por golpes y la sobretensión.
 
Hay que comprobar que tenemos incluidas esas garantías en póliza porque no todos los productos incluye la vitro y prestar especial atención a cuestiones como, franquicias en la avería de equipos electrónicos o electrodomésticos y la cobertura que nos ofrecen por roturas, ya que hay compañías que sólo cubren la rotura de la placa vítrea, es decir, el cristal. 
 
De esta manera, si nuestra placa es relativamente antigua, puede que no exista repuesto para el cristal, con lo que, nos indemnizarán únicamente por el cristal, indemnizaciones que van entre los 200 y 300€. Otras aseguradoras cubren tanto el cristal como aquellos otros elementos que hayan sido dañados por el golpe cuando son parte inseparable.
 
Estos detalles llegado el momento son los que marcan la diferencia entre un producto bueno y otro que no lo es tanto.
 

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